Desde Mayo de 2006, ya no es necesaria la Tarjeta de Residencia (ni el Permiso de Trabajo) para los ciudadanos de la UE de aquellos paises que entraron cuando Polonia. El problema es que la
Instrucción partió del Minsterio de Trabajo y Asuntos Sociales. Y las Comisarías sufrieron cierta descoordinación y cierta desinformación, porque solo están acostumbradas a recibir órdenes del Ministerio del Interior. Finalmente fue necesario que el Ministerio de Trabajo notificase a todos los Subdelegados del Gobierno de cada provincia esta Instrucción, para que a su vez estos la remitiesen a todas las Comisarias de España. Supongo que por eso tardaron algún tiempo en aplicarlo en todas las Comisarias.
Además esa órden decía que cuando estuviese en tramitación la peticion de una Tarjeta de Residencia o un Permiso de Trabajo, ésta Tarjeta y el Permiso de Trabajo NO se concederían, pero a cambio se debía de informar por escrito al solicitante de que tenía que iniciar un nuevo proceso de solicitud según la nueva norma para ciudadanos de la UE. (Creo que éste puede ser el problema... o tal vez lo que le hayan sellado sea ya el Certificado válido actualmente).
Toda la información oficial para ciudadanos de la UE está bien esquematizada en esta pagina del Ministerio del Interior:
www.mir.es/SGACAVT/extranje/regimen_comunitario
Resumiendo, para iniciar el proceso según la nueva norma es necesario conseguir estas dos cosas:
*
NIE (Modelo de solicitud
EX-14 ).
Es un número personal, obligatorio para emprender actividades en España (trabajo, estudios, residencia más de 3 meses).
*
Certificado de Inscripción en el Registro de Comunitarios (Modelo de solicitud
EX-16 ).
Al entregar la solicitud, deben darte en el acto y sellado, el Certificado de Inscripción en el Registro (que es el papel que equivale a la anterior Tarjeta de Extranjeria) y que es válido por 5 años y luego debe renovarse para pedir el Certificado de Residencia Permanente (de por vida).
En los documentos de solicitud se explican todos los documentos que hay que acompañar (siempre el original y la fotocopia de todos, incluida la propia solicitud). Normalmente se trata de documentos que justifiquen que ya resides en España y el motivo por el que quieres estar más de 3 meses. Por ejemplo: ofertas de trabajo, matriculación en un curso, certificado de empadronamiento en el ayuntamiento, etc.
PS: He tardado más de dos horas en recopilar todos los datos y encima he tenido que escribirlo 2 veces... así que acepto cualquier tipo de agradecimiento en forma de zlotys:whistle: , o que me salga novia polaca:blush: , o algo...