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TEMA: Arzobispado no nos kiere casar por empadronamiento

Arzobispado no nos kiere casar por empadronamiento hace 3 años 4 meses #24421

  • mibramo
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Hola a tod@s,

Siento ser mono-tema e interesado, pero resulta que el notario del Arzobispado de Valencia nos indica que no podemos iniciar el expediente de matrimonio porque mi novia no está empadronada en España al menos 2 años.

Nos las prometíamos muy felices e incluso buscamos un restaurante para celebrar la ceremonia en Septiembre, al conseguir toda la documentación (empadronamiento en Polonia, Bautismo, Fe de Vida, ..) de moje kochanie en 1 día en Polonia.

Necesito saber si alguien en la misma situación pudo saltarse esta regla absurda a través de algun resquicio legal.

Digo absurda porque no nos permiten casarnos por la iglesia, pero si que podemos casarnos por lo civil y luego hacer el circo en la iglesia.

Muchas gracias

Un saludo
Mateo
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Re:Arzobispado no nos kiere casar por empadronamiento hace 3 años 4 meses #24425

  • skara
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Nunca he oido de que para casarse por la iglesia hay que estar 2 años empadronado en un sitio.

Yo iría allí otra vez e intentaría convencer que no hace falta estar empadronado 2 años en España. Incluso diles que puedes presentar los empadronamientos de otros domicilios de tu novia, para que tengan cubierto el plazo de tiempo.

Y si se ponen tontos diles que tienen que enseñarte donde está escrita esta regla. Ello tendrán sus comunicados oficiales, no los del B.O.E., pero están obligados a decirte cual es la base legislativa de negarte el derecho de casamiento. Yo creo que no hay ninguna, simplemente "ne les sale de sus santos cojones".
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Re:Arzobispado no nos kiere casar por empadronamiento hace 3 años 4 meses #24428

  • Traildiary
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No conozco a ninguna zakochana pareja que no haya pasado por la amargura del papeleo. Si no son unos, serán los otros. Iglesia vs. Estado, gran tema matrimonial donde los haya.

Antes de nada...

¿os casáis en España o en Polonia?
¿vivís en España o en Polonia? ¿dónde viviréis después del casorio? Es importante, no creas.

Espero poder ayudarte, pero necesitaría mñas datos.

Trail
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Re:Arzobispado no nos kiere casar por empadronamiento hace 3 años 4 meses #24460

  • ivanek
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YO me casé en PL y no me pidieron el requisito de empadronamiento, es más, he estado mirando el Código Canónico y no dice nada del requisito de empadronamiento ni del tiempo mínimo de "noviazgo" que deben tener los cónyuges para contraer matrimonio canónico.

Lo mejor es que vayas y hables directamente con el Defensor del Vínculo no con la empleada de turno del arzobispado



MATRIMONIO POR LA IGLESIA, ¿QUÉ HACER?


MATRIMONIO POR LA IGLESIA

¿Qué hacer para casarme por la Iglesia?


MUY IMPORTANTE:
Toda la información que se ofrece en este apartado tiene sólo validez informativa. En ningún caso es vinculante para la tramitación de documentos para contraer matrimonio ya que según la normativa eclesiástica el párroco es el único competente para determinar los documentos que tiene que aportar cada pareja y dependiendo de la situación concreta de la misma.
La información se ofrece a título de orientación y con buena voluntad.
Antes de dar cualquier paso consulte ANTES con su párroco.


Para contraer matrimonio canónico ("por la Iglesia" como dice la gente) es necesario que los novios den antes unos pasos previos.

- Queremos casarnos por la Iglesia, ¿Qué tenemos que hacer?

Lo primero: los novios deben ir a una de sus parroquias (a la del novio o a la de la novia). Entérate cuándo el párroco tiene despacho y concertar una visita para informarse de lo que necesitan para realizar el expediente de matrimonio ("los papeles" como dice la gente). En nuestra sección PARROQUIAS pueden encontrar muchos datos de todas las parroquias de nuestra diócesis.


- ¿Con cuánto tiempo de antelación tenemos que ir a ver al párroco?

Deben acudir con suficiente tiempo. Unos seis meses antes de la fecha prevista para la boda si los dos son de nuestra diócesis y viven en ella. Si uno de los dos es de otro lugar distinto de nuestra diócesis, es conveniente que acudan incluso con más antelación.


- ¿Cuándo se puede poner la fecha de la boda?

Es conveniente no fijar la fecha de la boda hasta que el párroco que prepara el expediente matrimonial lo indique.


- ¿Qué es eso del "expediente matrimonial"?

Es lo que la gente llama "los papeles de la boda". Sin haber completado el expediente matrimonial una pareja no puede casarse por la Iglesia.


- ¿Me tengo que casar antes por lo civil?

No. Si usted se va a casar por la Iglesia NO necesita casarse antes ni después por lo civil ya que el Estado reconoce como legal y válido el matrimonio canónico (el "casarse por la Iglesia").


- ¿Existe algún paso antes de empezar a arreglar los documentos?

Sí. Los novios tienen que mantener una o varias charlas con el párroco que va a arreglar el expediente matrimonial. En dicha charla se profundiza en los motivos que les lleva a contraer matrimonio canónico.


- ¿Qué documentos se necesitan para casarse por la Iglesia?

Cada párroco indicará según cada caso concreto qué documentos necesita para proceder a completar el expediente matrimonial de una pareja.
Tenga en cuenta que los documentos tienen que tener menos de seis meses desde la fecha de expedición del mismo hasta la fecha de la boda. Todos los documentos que se solicitan a organismos públicos o eclesiásticos que tengan más de seis meses antes de la fecha de la boda se tendrán que solicitar de nuevo al organismo correspondiente.

Los documentos básicos que se solicitan son:

- Fotocopia del carnet de identidad.
- Partida de bautismo (el interesado la puede pedir en la parroquia donde se bautizó).
- Cerificado literal de nacimiento (hay que pedirlo en el registro civil donde nació el interesado).
- Certificado de fe y estado (se solicita en el registro civil de su localidad).
- Fotocopia sólo de la hoja del libro de familia de los padres donde aparece inscrito el interesado.
y cualquier otro documento que el párroco crea conveniente. Recuerde que los documentos tienen una validez de 6 meses desde que se expide hasta la fecha de la boda.

Además hay que llevar a dos testigos, mayores de edad, con carnet de identidad y que conozcan desde hace tiempo a los novios. Cada párroco determinará si admite familiares o no
Wolność słowa dla kiboli
Última Edición: hace 3 años 4 meses por ivanek.
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Re:Arzobispado no nos kiere casar por empadronamiento hace 3 años 4 meses #24471

  • mibramo
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Muchas gracias a tod@s por vuestros comentarios, pero con la iglesia hemos topado.

Esta mañana nos hemos reunidos con el notario del Arzobispado de Valencia y nos han vuelto a decir que no nos podemos casar por la iglesia porque Justyna no lleva 2 años empladonados en España.

La razón es que el Arzobispado de Valencia se rigen por las normas que el Arzobispo dicta, y en ellas se dicen que los contrayentes deben estar 2 años empadronados en España.

Les da igual que se justifiquen el empadronamiento en Braniewo en los 2 últimos años, debe ser en España.

Nos queda una pequeña esperanza al haber solicitado el NIE en julio de 2008, pero lo tiene que ver y nos lo confirmará el proximo viernes.

Todos los documentos deben ser traducidos por un traductor jurado y debe tener el sello de la Haya o del obispo. Tambien deben ser apostillados en Polonia, antes de llegar a España.

Mirad el documento adjunto del Arzobispado de Valencia, porque nos queremos casar en España el 11 de Septiembre de 2010.

Un saludo y os sigo informando
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Re:Arzobispado no nos kiere casar por empadronamiento hace 3 años 4 meses #24472

  • skara
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Esto es de locos!
Habeis pensado en hacer la boda en Polonia? Son más flexibles. O cambiaros de diócesis, en Murcia por ejemplo no te exigen todas esas barbaridades.
El sello de Haya es la apostilla y por lo que veo el notario del obispado tiene poca idea de como son las cosas. Solo se apostilla los documentos traducidos por un traductor jurado que no está inscrito en la lista en España. Por lo tanto, si lo haceis aquí, no hay que apostillar la documentación.
Suerte y ánimo, eso de casarse es duro :/
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