Intentare explicarlo:-)
Si te casas con una polaca aqui, tienes que tener el documento llamado Capacidad matrimonial (parece ser nuevo antes habia problemas y todos mis clientes decian que no existia eso en Espana y varios otros paises y anteayer por primera vez traduje ese tipo de documento desde Espana (llevo 15 anos de traductor jurado). Ese documento traduzco yo (por ejemplo) y os vais al Registro Civil. Al constatar que no hablas polaco, te invitarana que, junto con tu partida de nacimiento traducida aqui en Polonia y/o extracto del Libro de Bautismos si te casas en la Iglesia, en el cual caso es el cura quien arregla el "papeleo", sino vamos los tres y cuando el jefe del Registro Civil tenga esos documentos en polaco traducido por un jurado, pregunta una serie de cosas (p.ej. si no sois hermanos, si no conoceis de algun obstaculo legal que impida a que podais casaros, este tipo de preguntas, que yo traduzco en directo; en base a ello firmais Declaración en ese mismo sentido y pagais derechos administrativos; eso se debe de hacer como minimo a un mes antes de la boda, es como un plazo de preaviso, no se como llamarlo, pero si declaras el 1 de ocubre no podras casarte antes del 1 de noviembre. Os entregan un documento oficial con el que podeis casaros en cualquier Registro Civil en todo el territorio nacional.
Luego en la ceremonia intervengo tambien traduciendole al Jefe del Registro Civil y a vosotros el texto de siempre

Luego cuando nazca tu hijo y quieras registrarlo aqui no hay problema; si en Espana traduciras el Acta de nacimiento en Espana por un traductor alli ....